Ley de tierras: una reforma agraria obsoleta
El acceso a la tierra ha generado mucho polémica y violencia en la historia del país
El 7 de junio del año en curso, la iniciativa de Ley de Tierras fue presentada a la Dirección Legislativa del Congreso de la República por los diputados Leocadio Juracán Salomé y Sandra Nineth Morán Reyes, de la bancada Convergencia, y por el diputado Edwin Lux, de la bancada Unidad Nacional de la Esperanza.
El tema de la ley de tierras es muy importante, porque el acceso a la tierra ha generado mucha polémica y violencia en la historia del país. La guerrilla marxista utilizó el tema de la desigualdad en la tenencia de tierras como punto de propaganda para justificar su levantamiento en armas en contra del Estado guatemalteco, y el terrorismo que cometió en avance de sus intereses políticos. La sociedad guatemalteca y el Estado guatemalteco han rechazado el concepto de reforma agraria por considerarlo parte de un proyecto comunista de tomar el poder.
Por lo anterior, la famosa reforma agraria guatemalteca del expresidente (el coronel) Jacobo Árbenz, la que se hizo realidad con el Decreto 900, en junio de 1952, no se deja de discutir ni al día de hoy. Desde la academia, muchos dicen que se debe considerar a la reforma agraria de 1952 como una iniciativa exitosa. Esto porque se redistribuyeron tierras a 100 mil familias campesinas, sin mayor violencia y sin afectar a la producción.
No obstante, la asociación de la reforma agraria con el comunismo parece ser que no es una simple exageración, lo que hace que muchas personas duden de las buenas intenciones de los proponentes del tema. Hace años (1989), el profesor italiano Piero Gleijeses, en la revista académica norteamericana, Journal of Latin American Studies, dijo que, la reforma agraria de 1952 no se hubiera logrado sin el apoyo de los amigos más cercanos de Árbenz, del partido comunista guatemalteco.
Según documentos desclasificados de la agencia de inteligencia centralizada de Estados Unidos (CIA, por sus siglas en inglés), la primera reforma agraria no comenzó con Árbenz en 1952, sino varios años antes en la revolución y constitución de 1945.
La constitución de 1945 estableció la “necesidad” de la dirección estatal de la economía, la expropiación compensada de tierras ociosas, la incorporación de las mismas al patrimonio nacional, la otorgación de derechos de uso de tierras nacionalizadas, la formación de comunidades agrícolas, la agricultura colectiva, la protección de tierras comunales y la asistencia técnica estatal a las comunidades agrícolas.
¿Fue o no fue la reforma agraria un éxito en Guatemala? ¿Queremos revivir las experiencias del pasado para progresar hacia el futuro? Podemos tomar ejemplos de otros países. Los proponentes de la reforma agraria en Guatemala siempre hablan de ejemplos exitosos de países que ellos mismos rechazan como ejemplos de modelo de desarrollo. Corea del Sur sería el primero.
Corea del Sur tuvo una reforma agraria y resultó ser uno de los países ejemplares de los famosos tigres asiáticos que lograron crecer sus economías por medio de las exportaciones. Sin embargo, esto lo hicieron bajo la ocupación militar de Estados Unidos, que al abrir sus mercados a las exportaciones coreanas, también les impuso a los coreanos los términos del intercambio que tendrían que adoptar. Es poco probable que hoy aplicara lo mismo para este país.
En Guatemala, el Estado es ausente en gran parte del territorio nacional. Por esta razón, hay poco estado de derecho y certeza jurídica en el interior. Esto hace que, la conflictividad política (mal llamada conflictividad social) florezca en el interior del país.
En las provincias de Guatemala, invasiones de plantas hidroeléctricas, fincas, bloqueos de carreteras, secuestros y todo tipo de vejámenes contra la propiedad privada, ocurren con impunidad de manera frecuente. Nuevamente, sin mayores consecuencias para quienes cometen estos actos.
A su vez, esto hace que las inversiones en el interior no sean las óptimas. Según la opinión del abogado Stuardo Ralón, la propuesta de ley de tierras propone quitarle a los finqueros lo que se denominan tierras ociosas, pero estas mismas podrían estar ociosas por el desincentivo de invertir en ellas que nace de la inacción del Estado y la falta del mismo de crear un ambiente de certeza jurídica. O sea, ¡¿el mismo Estado permite la inseguridad que ahuyenta a la inversión y la ociosidad de la tierra, que después será usada como excusa de expropiación?!
Asimismo, la Ley de Tierras tiene muchos otros errores. Por ejemplo, dicta que se practicará la expropiación a favor de los indígenas, y que tierras indígenas no podrán ser expropiadas. Esto da lugar a la duda de, ¿si es constitucional que una ley de trato preferencial, a ciertas propiedades sobre otras, se base en la etnia del dueño? La iniciativa ni siquiera establece cómo se define un miembro de una comunidad indígena y cómo esta podría reclamar derechos sobre una tierra en particular, según la opinión del abogado Giovanni Fratti.
La adopción de la presente iniciativa de Ley de Tierras sería nefasta para la economía guatemalteca. Está basada en conceptos anticuados de desarrollo. Los errores de dicha ley se derivan de defectos de nacimiento intelectual.
En su exposición de motivos, la Ley de Tierras se sostiene en los argumentos del Informe Nacional de Desarrollo Humano para Guatemala 2015/2016 del PNUD. Este es un documento sesgado. Básicamente, le declara la guerra al modelo económico guatemalteco por entero, cuestionando la razón de existir de los más productivos y estratégicos sectores agroindustriales y extractivos que dan empleo a miles de guatemaltecos, como lo son los sectores azucareros, mineros y palmeros.
¡No se debe aprobar dicha iniciativa de ley!
Fuentes consultadas:
Gleijeses, P. (1989).
The Agrarian Reform of
Jacobo Árbenz. Journal of Latin American Studies,
21(3), 453-480. doi:10.1017/S0022216X00018514 https://www.cia.gov/library/readingroom
/docs/DOC_0000914810.pdf